Asistencia

CURSO 2023-2024: según lo recogido en el artículo 16 de la Orden ECD/1777/2019, de 11 de diciembre, el alumnado que supere el número máximo de faltas de asistencia perderá su derecho a reserva de plaza.

Como norma general, los alumnos que hayan perdido el derecho a plaza para el curso siguiente y deseen continuar sus estudios como alumnos oficiales deberán realizar el proceso de solicitud de admisión. No obstante, dichos alumnos pueden presentarse a las pruebas de junio y septiembre del año escolar en curso.

INFORMACIÓN SOBRE ASISTENCIA OBLIGATORIA (normativa en vigor en el curso 23-24)

El mínimo de asistencia obligatoria es del 60% del total de las horas. La asistencia se controlará desde octubre hasta mayo. 

Los alumnos pueden consultar el número de faltas de asistencia durante el curso a través de la  «Zona de Alumnos» de esta web (menú izquierda).

Cuando un alumno pierda su derecho a plaza como alumno oficial deberá someterse de nuevo a proceso de admisión si desea continuar sus estudios en esta modalidad. No obstante, mantendrá su derecho a ser evaluado y a presentarse a la prueba de certificación.

El Consejo Escolar decidirá sobre la validez de los justificantes presentados. Los justificantes por la totalidad del curso no serán aceptados.

PROCEDIMIENTO PARA LA JUSTIFICACIÓN DE FALTAS

  • ¿Quien tiene que justificar las faltas? Solo los alumnos que al finalizar el curso no hayan superado el 60% de asistencia.
  • ¿Cómo hay que justificar las faltas? Rellenando un impreso y adjuntándolo con los justificantes.
  • ¿Cuándo se puede presentar la documentación? A partir del momento en que se expongan los listados, hacia final del mes de mayo.
  • ¿Dónde se presenta la documentación? En conserjería.
  • ¿Desde qué día hay que justificar las faltas? Pendiente de publicación para el curso 23-24.